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En México, la pensión de viudedad se podrá dividir entre concubinas "concurrentes"
La pensión de viudedad de una persona que hubiera tenido varias relaciones de concubinato se podrá dividir entre sus parejas, resolvió la Suprema Corte de México en un fallo anunciado este miércoles día de San Valentín.
"Es inconstitucional que la Ley del Seguro Social establezca que, si la persona asegurada o pensionada por invalidez tenía varias relaciones de concubinato, ninguna tendrá derecho a recibir la pensión de viudez", determinó la segunda sala del tribunal en su decisión aprobada por cuatro votos a favor y uno en contra.
Esta prohibición "vulnera los derechos de seguridad social y protección de la familia de quienes no siguen cierto modelo familiar", argumenta la corte.
Por tal motivo "concluyó que, ante la posibilidad de que concurran varias concubinas a solicitar la pensión de viudez, la autoridad administrativa únicamente debe determinar si acreditan tener esa calidad y, de ser así, corresponde dividir el monto de la pensión entre las concurrentes".
El concubinato es "la unión entre dos personas que sin contraer matrimonio tienen derechos y obligaciones recíprocos", precisó a la AFP una comunicadora de la Suprema Corte.
"El poliamor no está prohibido", había aclarado el expresidente del máximo tribunal de justicia Arturo Zaldívar en junio del año pasado.
"El poliamor no implica que estés casado o casada con varias personas", detalló en un video en Tiktok. "En México hasta este momento solamente es válido el matrimonio con una persona".
T.Morelli--CPN